Por Ignacio Koblischek

2.2.-Los Titulares

El titular de un escudo es quién lo tiene a su nombre para que le identifique, represente y diferencie.  

La vinculación de un escudo, por lo tanto de su titular, con el Ejército de Tierra, se expresa heráldicamente por el uso de unos determinados ornamentos exteriores restringido a los militares y a las UCO de dicho ejército. 

Por lo tanto los titulares de los escudos que pueden utilizar los ornamentos exteriores propios del Ejército de Tierra son los militares o las UCO (Unidades, Centros y Organismos) que lo forman y componen. Actualmente no contamos con escudos que representen a demarcaciones territoriales ya que a finales del siglo XX desaparecieron las regiones militares.

Los militares que pueden llevar ornamentos exteriores propios de su empleo son:

Oficiales Generales: Capitán General (SM el Rey), General de Ejército, Teniente General, General de División y General de Brigada.

Oficiales: Coronel.

El titular del escudo aprueba el mensaje y el diseño final de su escudo, el cual será el mayor exponente de su personalidad e identidad.

Los escudos del Ejército de Tierra eran aprobados por la Ponencia de Uniformidad, hasta al menos 1996, y actualmente son valorados y aprobados por la Secretaría General de Estado Mayor del Ejército (SEGENEME) con el asesoramiento técnico e histórico del Instituto de Historia y Cultura Militar (IHCM).